La
 Coordinación Nacional de Intercambio y Cooperación de la UPEL, 
instancia dependiente del Rectorado, avanza en la organización de los 
convenios que mantiene la Universidad con diversas instituciones 
nacionales e internacionales y en la firma de nuevas alianzas.
En
 tal sentido, la coordinadora del área, licenciada Soraya Tovar, informó
 que realizó una auditoría la cual arrojó, entre otros resultados, la 
existencia de convenios firmados por los decanos de los institutos, 
duplicidad de convenios suscritos por dos pedagógicos con una  
institución,  la firma sólo de convenios marco, la ausencia de modelos 
únicos de convenios específico y marco.
Ante
 estas divergencias, Tovar explicó las normas que deben cumplirse para 
la firma de estas alianzas de intercambio y cooperación. En primer lugar
 aclaró que sólo el Rector tiene la autoridad para suscribir las 
alianzas de la Universidad.
“El
 paso previo en cualquier convenio es la firma de la carta de intención,
 en la cual se señalan las intenciones o aspiraciones de las partes. 
Posteriormente, la Coordinación hace los trámites para la firma del 
convenio marco y los convenios específicos que de allí se deriven”.
En
 el convenio marco se delimitan las reglas generales de la alianza que 
se establece y el trabajo que se desarrollará, este documento involucra 
las áreas de la Universidad, Docencia, Investigación y Postgrado y 
Extensión, para las acciones comunes. En el documento se establece una 
cláusula que señala que no da pie a ninguna actividad entre las partes 
si no se firman los convenios específicos.
El
 convenio específico señala detalladamente las actividades que se 
realizarán y su alcance. Éstos se firman por áreas estratégicas, es 
decir, si el aliado solicita programas de postgrados se hace un convenio
 específico por esta área o cualquier otra de la Universidad. Este 
documento contiene el plan operativo, la estructura de costos, entre 
otros elementos.
Acerca
 de los convenios específicos Tovar afirma: “tenemos que delimitarlos 
muy bien, en caso de que el aliado desee la apertura de otro programa 
adicional al firmado originalmente, entonces procedemos  a una nueva 
autorización a través de  un adendum que es una ampliación”.
La
 UPEL suscribe un solo convenio con la institución aliada y de él pueden
 beneficiarse todos los pedagógicos y sus extensiones y centros de 
atención. “Estamos abarcando con un convenio toda la Universidad. Una 
vez que el pedagógico nos haga la solicitud de firma, hacemos uno 
especifico que abarque ese instituto o cualquier otro”.
Tovar
 señaló que los decanos de los institutos de la UPEL tienen la 
obligación de enviar al Rector la solicitud de convenio y a partir de 
allí la Coordinación Nacional de Intercambio y Cooperación investiga 
quién es el aliado, su intención de trabajo con la Universidad. Luego, 
de ello se procede a firmar cada uno de los documentos señalados 
anteriormente, en los cuales se fijan cláusulas de diverso tipo, entre 
ellas penales. También se crea una cuenta única para manejar los 
programas de la Universidad, la cual debe ser permanentemente auditable 
por la UPEL.
Finalmente,
 indicó que trimestralmente se elabora un informe sobre el desarrollo y 
aplicación del convenio. Este documento sirve de evaluación de la 
alianza para determinar si se cumplen los términos establecidos y si 
arroja los resultados esperados, todo ello indicará si se renueva  o no.
