jueves, 5 de mayo de 2016

Coordinación Nacional de Intercambio y Cooperación organiza convenios de la UPEL




La Coordinación Nacional de Intercambio y Cooperación de la UPEL, instancia dependiente del Rectorado, avanza en la organización de los convenios que mantiene la Universidad con diversas instituciones nacionales e internacionales y en la firma de nuevas alianzas.
En tal sentido, la coordinadora del área, licenciada Soraya Tovar, informó que realizó una auditoría la cual arrojó, entre otros resultados, la existencia de convenios firmados por los decanos de los institutos, duplicidad de convenios suscritos por dos pedagógicos con una  institución,  la firma sólo de convenios marco, la ausencia de modelos únicos de convenios específico y marco.

Ante estas divergencias, Tovar explicó las normas que deben cumplirse para la firma de estas alianzas de intercambio y cooperación. En primer lugar aclaró que sólo el Rector tiene la autoridad para suscribir las alianzas de la Universidad.

“El paso previo en cualquier convenio es la firma de la carta de intención, en la cual se señalan las intenciones o aspiraciones de las partes. Posteriormente, la Coordinación hace los trámites para la firma del convenio marco y los convenios específicos que de allí se deriven”.
En el convenio marco se delimitan las reglas generales de la alianza que se establece y el trabajo que se desarrollará, este documento involucra las áreas de la Universidad, Docencia, Investigación y Postgrado y Extensión, para las acciones comunes. En el documento se establece una cláusula que señala que no da pie a ninguna actividad entre las partes si no se firman los convenios específicos.

El convenio específico señala detalladamente las actividades que se realizarán y su alcance. Éstos se firman por áreas estratégicas, es decir, si el aliado solicita programas de postgrados se hace un convenio específico por esta área o cualquier otra de la Universidad. Este documento contiene el plan operativo, la estructura de costos, entre otros elementos.
Acerca de los convenios específicos Tovar afirma: “tenemos que delimitarlos muy bien, en caso de que el aliado desee la apertura de otro programa adicional al firmado originalmente, entonces procedemos  a una nueva autorización a través de  un adendum que es una ampliación”.

La UPEL suscribe un solo convenio con la institución aliada y de él pueden beneficiarse todos los pedagógicos y sus extensiones y centros de atención. “Estamos abarcando con un convenio toda la Universidad. Una vez que el pedagógico nos haga la solicitud de firma, hacemos uno especifico que abarque ese instituto o cualquier otro”.

Tovar señaló que los decanos de los institutos de la UPEL tienen la obligación de enviar al Rector la solicitud de convenio y a partir de allí la Coordinación Nacional de Intercambio y Cooperación investiga quién es el aliado, su intención de trabajo con la Universidad. Luego, de ello se procede a firmar cada uno de los documentos señalados anteriormente, en los cuales se fijan cláusulas de diverso tipo, entre ellas penales. También se crea una cuenta única para manejar los programas de la Universidad, la cual debe ser permanentemente auditable por la UPEL.

Finalmente, indicó que trimestralmente se elabora un informe sobre el desarrollo y aplicación del convenio. Este documento sirve de evaluación de la alianza para determinar si se cumplen los términos establecidos y si arroja los resultados esperados, todo ello indicará si se renueva  o no.


 Escrito por : Angley Vivas

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