martes, 18 de julio de 2017

Inició procedimiento de otorgamiento de becas y adquisición de útiles escolares

Escrito por: Nicol Pérez.

El director general de personal de la Casa de Estudios, Vicente Losito, informó que se dará inicio al procedimiento para el otorgamiento de Beca y Contribución para la Adquisición de Útiles Escolares, así como la actualización de documentos para los trabajadores de la Universidad que deseen continuar disfrutando del beneficio de Prima por Hijo y H.C.M.

Losito explicó que esta medida aplica a todo el personal docente, administrativo y obrero, que se a activo, contratado, jubilado, pensionado e hijos beneficiarios de la pensión de sobreviviente, quienes deben llevar sus solicitudes a la Dirección General de Personal, hasta el jueves 27 de julio.

A continuación, los requisitos según los casos:

  1. BECA PARA ESTUDIOS DE LAS HIJAS E HIJOS DE LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORESUNIVERSITARIOS:

Planilla de Beca disponible en la página web de la Universidad, en el link Dirección General de Personal – Coordinación Nacional de Relaciones Laborales (Planillas).

Para hijos (as) menores de edad:

  • Constancia de Inscripción o de estudios.

Para los hijos (as) mayores de dieciocho (18) años hasta los veinticinco (25) años:

  • Presentar original y copia de la constancia de estudios de pregrado universitario. Esta deberá ser renovada semestralmente, salvo que el régimen de estudios sea por año.



◦ 2. CONTRIBUCIÓN PARA LA ADQUISICIÓN DE ÚTILES ESCOLARES:

Para educación inicial en la etapa de maternal hasta el subsistema de educación universitaria en el nivel de pregrado.

▪ Para hijos (as) menores de edad:

  • Constancia de Inscripción o de estudios.

  • Para los hijos (as) mayores de dieciocho (18) años hasta los veinticinco (25) años:

  • Presentar original y copia de la constancia de estudios de pregrado universitario.

Esta deberá ser renovada semestralmente, salvo que el régimen de estudios sea por año.

  • 3. PRIMA POR HIJAS E HIJOS.

  • Para los hijos (as) mayores de dieciocho (18) años hasta los veintiún (21) años de edad:

  • Llenar la Declaración Jurada Relativa a hijos mayores de edad, solteros y estudiantes, así como la declaración jurada de expensas relativa a hijos mayores de edad que dependan económicamente del trabajador, disponibles en la página web de la Universidad, en el link Dirección General de Personal -Coordinación Nacional de Relaciones Laborales (Planillas). Esta deberá ser renovada durante los primeros treinta días de cada ejercicio fiscal.

  • Para hijos(as) desde los veintidós (22) años hasta los veinticinco (25) años de edad:

  • Presentar adicionalmente constancia de estudios de pregrado universitario. Esta deberá ser renovada en la oportunidad correspondiente al tipo de régimen de estudios.




  1. PARA EL BENEFICIO DE SEGURO DE HOSPITALIZACIÓN CIRUGÍA Y MATERNIDAD (H.C.M):

  • Personal Docente: Para los hijos (as) mayores de dieciocho (18) años: Constancia de Inscripción debidamente sellada y firmada por las autoridades de la Institución Educativa donde cursa estudios y llenar la Declaración Jurada y la Declaración Jurada de Expensas relativa a los hijos mayores de edad, solteros y estudiantes, disponibles en la página web de la Universidad, en el link Dirección General de Personal –Coordinación Nacional de Relaciones Laborales (Planillas).

Personal Administrativo y Obrero: Para los hijos (as) mayores de veintiún (21) años:

 Constancia de Inscripción debidamente sellada y firmada por las autoridades de la Institución Educativa donde cursa estudios y llenar la Declaración Jurada relativa a hijos mayores de edad, solteros y estudiantes y la Declaración Jurada de Expensas relativa a los hijos mayores de edad que dependan económicamente del trabajador, disponibles en la página web de la Universidad, en el link Dirección General de Personal – Coordinación Nacional de Relaciones Laborales (Planillas).


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