Escrito por: Nicol Pérez.
El
director general de personal de la Casa de Estudios, Vicente Losito,
informó que se dará inicio al procedimiento para el otorgamiento de Beca
y Contribución para la Adquisición de Útiles Escolares, así como la
actualización de documentos para los trabajadores de la Universidad que
deseen continuar disfrutando del beneficio de Prima por Hijo y H.C.M.
Losito
explicó que esta medida aplica a todo el personal docente,
administrativo y obrero, que se a activo, contratado, jubilado,
pensionado e hijos beneficiarios de la pensión de sobreviviente, quienes
deben llevar sus solicitudes a la Dirección General de Personal, hasta
el jueves 27 de julio.
A continuación, los requisitos según los casos:
- BECA PARA ESTUDIOS DE LAS HIJAS E HIJOS DE LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORESUNIVERSITARIOS:
Planilla
de Beca disponible en la página web de la Universidad, en el link
Dirección General de Personal – Coordinación Nacional de Relaciones
Laborales (Planillas).
Para hijos (as) menores de edad:
- Constancia de Inscripción o de estudios.
Para los hijos (as) mayores de dieciocho (18) años hasta los veinticinco (25) años:
- Presentar original y copia de la constancia de estudios de pregrado universitario. Esta deberá ser renovada semestralmente, salvo que el régimen de estudios sea por año.
◦ 2. CONTRIBUCIÓN PARA LA ADQUISICIÓN DE ÚTILES ESCOLARES:
Para educación inicial en la etapa de maternal hasta el subsistema de educación universitaria en el nivel de pregrado.
▪ Para hijos (as) menores de edad:
- Constancia de Inscripción o de estudios.
- Para los hijos (as) mayores de dieciocho (18) años hasta los veinticinco (25) años:
- Presentar original y copia de la constancia de estudios de pregrado universitario.
Esta deberá ser renovada semestralmente, salvo que el régimen de estudios sea por año.
- 3. PRIMA POR HIJAS E HIJOS.
- Para los hijos (as) mayores de dieciocho (18) años hasta los veintiún (21) años de edad:
- Llenar la Declaración Jurada Relativa a hijos mayores de edad, solteros y estudiantes, así como la declaración jurada de expensas relativa a hijos mayores de edad que dependan económicamente del trabajador, disponibles en la página web de la Universidad, en el link Dirección General de Personal -Coordinación Nacional de Relaciones Laborales (Planillas). Esta deberá ser renovada durante los primeros treinta días de cada ejercicio fiscal.
- Para hijos(as) desde los veintidós (22) años hasta los veinticinco (25) años de edad:
- Presentar adicionalmente constancia de estudios de pregrado universitario. Esta deberá ser renovada en la oportunidad correspondiente al tipo de régimen de estudios.
- PARA EL BENEFICIO DE SEGURO DE HOSPITALIZACIÓN CIRUGÍA Y MATERNIDAD (H.C.M):
- Personal Docente: Para los hijos (as) mayores de dieciocho (18) años: Constancia de Inscripción debidamente sellada y firmada por las autoridades de la Institución Educativa donde cursa estudios y llenar la Declaración Jurada y la Declaración Jurada de Expensas relativa a los hijos mayores de edad, solteros y estudiantes, disponibles en la página web de la Universidad, en el link Dirección General de Personal –Coordinación Nacional de Relaciones Laborales (Planillas).
Personal Administrativo y Obrero: Para los hijos (as) mayores de veintiún (21) años:
Constancia
de Inscripción debidamente sellada y firmada por las autoridades de la
Institución Educativa donde cursa estudios y llenar la Declaración
Jurada relativa a hijos mayores de edad, solteros y estudiantes y la
Declaración Jurada de Expensas relativa a los hijos mayores de edad que
dependan económicamente del trabajador, disponibles en la página web de
la Universidad, en el link Dirección General de Personal – Coordinación
Nacional de Relaciones Laborales (Planillas).
http://noticias.upel.edu.ve/
No hay comentarios:
Publicar un comentario