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viernes, 11 de febrero de 2011

NÚCLEO DE AUTORIDADES DE EXTENSIÓN ELABORÓ DOCUMENTO DE PROPUESTAS PARA LA LEU


Autoridades de Extensión durante la reunión
En el marco de la discusión de la Ley de Educación Universitaria el Núcleo de Autoridades de Extensión elaboró un documento en el que presenta su propuesta de cómo debe ser considerada el área de Extensión en el instrumento legal, luego de dos días de análisis e intercambio en una jornada que se realizó entre la sede de la UPEL y de la UCV.
Entre los aspecto relevantes de la propuesta destaca, en primer lugar, la definición de la actividad de Extensión como una función básica académica de la universidad interrelacionada con la docencia, la investigación y con el entorno socioeconómico y cultural. Su propósito, señala el escrito, es la interacción creadora y crítica de experiencias y saberes entre docentes, investigadores, estudiantes, trabajadores universitarios y comunidades. Asimismo, indica que la Extensión promueve la transformación de una sociedad más justa y el desarrollo humano en pro de colocar a la Universidad al servicio  de las comunidades.
            El documento también contempla la ubicación de la Extensión dentro de la estructura organizativa de las universidades. En este sentido, el artículo décimo señala que las instituciones de educación universitaria venezolana deben tener en su estructura un ente gerencial y organizacional de la función de Extensión Universitaria, responsable de la generación de políticas y lineamientos para el desarrollo de esa función de acuerdo con el modelo organizacional de cada institución. Señala expresamente que debe tener un Vicerrectorado de Extensión  con voz y voto ante los organismos de cogobierno universitario, con atribuciones para proponer y evaluar políticas, programas y proyectos y participar en la toma de decisiones de alto nivel en esta materia. Asimismo debe tener acreditación en el currículo universitario y contribuir con la formación integral del estudiante, desarrollar su sensibilidad social, consolidar el compromiso y responsabilidad con su comunidad y desarrollar comportamientos en los estudiantes como servidores sociales.
En cuanto al financiamiento de la Extensión Universitaria, el texto señala que para las universidades nacionales el Consejo Nacional de Universidades destinará un porcentaje no menor del 5% del presupuesto general de las universidades para el desarrollo del plan estratégico de Extensión Universitaria y en consecuencia de las actividades, proyectos y programas.
El texto de la propuesta se destaca el alcance de la actividad de Extensión, la cual favorece el desarrollo de las capacidades entre los miembros de la universidad y de las comunidades para un espíritu democrático, sentimientos de solidaridad y una ética personal y colectiva que permitan la cohesión social en las comunidades y dar utilidad al conocimiento que se produce en las instituciones de educación superior y que precisan confrontarse continuamente con la realidad social.
Escrito por Angley Vivas

AUTORIDADES DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA GENERAN PROPUESTAS PARA LA LEU

Doctora Maria Teresa Centeno

El núcleo de autoridades de extensión de las universidades nacionales se reúne durante los días 10 y 11 de febrero a fin de generar aportes en materia de extensión universitaria al nuevo Proyecto de Ley de Universidades.
           Durante el encuentro la vicerrectora de extensión de la UPEL, doctora María Teresa Centeno, expondrá la experiencia de esta Casa de Estudios pues es de las pocas que cuenta con un Vicerrectorado en esta área. “El objetivo es que se vea la extensión como parte del desarrollo integral de la comunidad estudiantil y basados en nuestra experiencia puedan tomar nuestro modelo como referencia para el resto de las universidades”, señaló Centeno.
           La autoridad upelista explicó que en la reunión se analizarán dos temas fundamentales. El primero es el nombre de extensión universitaria porque en la Ley vetada se le llamó Interacción con la Comunidad. “La propuesta es que continúe con la denominación de extensión, pues es aceptado por las universidades nacionales e internacionales”. El segundo punto es el establecimiento  de las funciones de la extensión universitaria, así como la ubicación de esta área en la jerarquía dentro de la estructura universitaria, a fin de que se encuentre en el mismo nivel de docencia, e investigación.  Además de homologar la estructura y considerar la asignación de recursos. 
Escrito por Claudia Vargas